DECRETO-2026-979-E-GDESDE-GSDE
Datos del acto
- Organismo
- Centro Provincial de Salud Infantil (CePSI)
- Monto
- $ 130.464.000,00
- Objeto
- Servicio de vigilancia para el CePSI
- Procedimiento
- adjudicacion simple
- Plazo
- 90 días
- Jurisdicción presupuestaria
- 58
- Expediente
- EX-2026-01036077--GDESDE-CEPSI
- Urgencia
- Sí
Quién cobra
| Nombre | Rol | CUIT | Monto |
|---|---|---|---|
| A.S.P.E. Servicio de Vigilancia de Sucesión Manuel Antonio Collado Miralles | proveedor | — | $ 130.464.000,00 |
Datos que el acto no publica
- CUIT del proveedor
Cita textual
APRUEBASE la contratacion directa vía de excepción, adjudicación simple, del servicio de vigilancia privada, por tres (3) meses desde el dia veinticinco de enero del 2026 y/o hasta la adjudicación del servicio por Licitación Pública, a la firma "A.S.P.E." Servicio de Vigilancia de Sucesión Manuel Antonio Collado Miralles, por el monto total de $130.464.000,00 (pesos ciento treinta millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil).-
Texto del acto
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DECRETO-2026-979-E-GDESDE- GSDE S A N TIA G O D E L E S TE R O , MIERCOLES 27 DE MAYO DE 2026 Referencia: EX-2026-[DNI] -GDESDE-CEPSI - Contratación Directa - Servicio de vigilancia para el CePSI. VISTO: El EX-2026-[DNI] -GDESDE-CEPSI por el que se gestiona la contratación directa via excepcion , adjudicación simple, del servicio de vigilancia privada por el termino de tres meses, a contar del dia veinticinco de enero de 2026, del Contrato de Locación de Servicios para el Servicio de Vigilancia realizado con la firma "A.S.P.E." Servicio de Vigilancia de Sucesión Manuel Antonio Collado Miralles, por el monto total de $130.464.000,00 (Pesos Ciento Treinta Millones Cuatrocientos Sesenta y Cuatro Mil): y CONSIDERANDO: Que el servicio de vigilancia privada constituye una prestación esencial e indisp ensable para el normal funcionamiento del Hospital Pediátrico, y que debe llevasrse a cabo de manera ininterrumpida, atento a que se trata de un establecimiento de salud que alberga pacientes menores de edad, personal médico, administrativo y público en general, requiriéndose condiciones especiales de seguridad, control y prevención de riesgos; Que la eventual discontinuidad del servicio podría comprometer gravemente la integridad física de los pacientes, la seguridad del personal, el resguardo de bienes públicos y el orden institucional, configurando una situación incompatible con los fines del servicio público sanitario. La empresa Seguridad Privada ASPE de la Sucesión de Antonio Collado Mirales, bajo contrato con inminente vencimiento, posee experiencia comprobada y know-how específico en la prestación de servicios de vigilancia en establecimientos sanitarios, particularmente en ámbitos de alta sensibilidad como hospitales pediátricos, lo cual implica conocimiento del funcionamiento interno del nosocomio y de los circuitos críticos; Que en COPDI-2026 -[DNI] -GDESDE-CEPSI se acompaña presupuesto de Sucesión de Collado Miralles Manuel Antonio (ASPE); Que en DOCFI-2026-[DNI] -GDESDE -CEPSI se acompaña Parte de Imputación Presupuestaria (Afectación). Que en documento PLIEG-2026 -[DNI]-GDESDE-CEPSI se acompaña Pliego de Condiciones Mínimas y en documento PLIEG-2026 -[DNI] -GDESDE-CEPSI obra Pliego de Condiciones Particulares y Anexo 1; Que en COPDI-2026 -[DNI] -GDESDE-CEPSI se acredita remisión de Pliegos al Proponente y en COPDI-2026 -[DNI]-GDESDE-CEPSI la firma acompaña documentación solicitada por los Pliegos; Que en ACTA-2026-[DNI] -GDESDE-CEPSI obra Dictamen de Preadjudicaciòn firmado por el encargado del Departamento Compras y Suministros, en la que se aconseja contratar de forma directa con la firma SUCESION DE COLLADO MIRALLES MANUEL ANTONIO, de acuerdo al Anexo que obra en IF-2026-[DNI] -GDESDE-CEPSI, por un monto de $130.464.000,00; Que el Departamento de Asesoría Jurídica del CePSI (IF-2026-[DNI] -GDESDE-CEPSI) dictamina que se encuentra justificada la modalidad de contratación por vía de excepción, ya que se trata de un servicio cuya conveniencia y urgencia en que la realice la misma empresa que desde hace años la desempeña, se encuentra acreditada. Por otro lado, considera esta asesoría, que corresponde la realización de una Contratación Directa Vía de Excepción mediante Adjudicación Simple, modalidad prevista en el articulo 70 inc. b del Reglamento de la Ley Nº 7253; Q u e m e d i a n t e d o c u m e n t o NO-2026-[DNI]-GDESDE-CEPSI toma intervencion Sindicatura del CePSI elevando la presente para el dictado del acto administrativo correspondiente, propiciando la aprobación de la gestión por parte del Poder Ejecutivo Provincial, conforme a la modalidad de contratación directa por vía de excepción mediante adjudicación simple y a la normativa aplicable; Que mediante RETCC-2026-226 -E-GDESDE-TDEC toma intervención el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, declarando la inexistencia de observaciones en esta instancia en el expedien t e EX -2026-[DNI] -GDESDE-CEPSI, sin perjuicio de posteriores controles que fueren ordenados en virtud de la normativa vigente expidiéndose en el mismo sentido, Fiscalía de Estado de la Provincia en documento IF -2026-[DNI]- GDESDE-FDE.- Por ello: EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA D E C R E T A: ARTICULO 1º.- APRUEBASE la contratacion directa vía de excepción, adjudicación simple, del servicio de vigilancia privada, por tres (3) meses desde el dia veinticinco de enero del 2026 y/o hasta la adjudicación del servicio por Licitación Pública, a la firma "A.S.P.E." Servicio de Vigilancia de Sucesión Manuel Antonio Collado Miralles, por el monto total de $130.464.000,00 (pesos ciento treinta millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil).- ARTICULO 2º- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los fondos provenientes de la Jurisdicción 58- Programa 11 - Sub.00- Proy.00- Act.01- Part.399 -Otros Servicios Varios.- ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y pase al Centro Provincial de Salud Infantil CePSI "Eva Perón", a sus efectos.- Sr. Elías Miguel Suárez Dr. Víctor Rodolfo Araujo Lic. Natividad Nassif
Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.