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Observatorio de Boletines

DECRETO-2026-979-E-GDESDE-GSDE

contratacion directa Firmado el 2026-05-27 · Publicado en el Boletín Nº 23110 del 2026-06-18

Datos del acto

Organismo
Centro Provincial de Salud Infantil (CePSI)
Monto
$ 130.464.000,00
Objeto
Servicio de vigilancia para el CePSI
Procedimiento
adjudicacion simple
Plazo
90 días
Jurisdicción presupuestaria
58
Expediente
EX-2026-01036077--GDESDE-CEPSI
Urgencia
Sí

Quién cobra

NombreRolCUITMonto
A.S.P.E. Servicio de Vigilancia de Sucesión Manuel Antonio Collado Mirallesproveedor—$ 130.464.000,00

Datos que el acto no publica

Cita textual

APRUEBASE la contratacion directa vía de excepción, adjudicación simple, del servicio de vigilancia privada, por tres (3) meses desde el dia veinticinco de enero del 2026 y/o hasta la adjudicación del servicio por Licitación Pública, a la firma "A.S.P.E." Servicio de Vigilancia de Sucesión Manuel Antonio Collado Miralles, por el monto total de $130.464.000,00 (pesos ciento treinta millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil).-

Texto del acto

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DECRETO-2026-979-E-GDESDE-

GSDE

S A N TIA G O 
D E L 
E S TE R O ,

MIERCOLES 27 DE MAYO DE 2026

Referencia: 
EX-2026-[DNI]

-GDESDE-CEPSI - Contratación Directa

- Servicio de vigilancia para el CePSI.

VISTO: 
El 
EX-2026-[DNI]

-GDESDE-CEPSI por el que se gestiona la

contratación directa via excepcion ,

adjudicación simple, del servicio de

vigilancia privada por el termino de tres

meses, a contar del dia veinticinco de

enero de 2026, del Contrato de Locación

de Servicios para el Servicio de Vigilancia

realizado con la firma "A.S.P.E." Servicio

de Vigilancia de Sucesión Manuel Antonio

Collado Miralles, por el monto total de

$130.464.000,00 (Pesos Ciento Treinta

Millones Cuatrocientos Sesenta y Cuatro

Mil): y

CONSIDERANDO: 

Que el servicio de vigilancia privada

constituye una prestación esencial e

indisp ensable 
para el normal

funcionamiento del Hospital Pediátrico, y

que debe llevasrse a cabo de manera

ininterrumpida, atento a que se trata de un

establecimiento de salud que alberga

pacientes menores de edad, personal

médico, administrativo y público en

general, requiriéndose condiciones

especiales de seguridad, control y

prevención de riesgos;

Que la eventual discontinuidad del

servicio podría comprometer gravemente

la integridad física de los pacientes, la

seguridad del personal, el resguardo de

bienes públicos y el orden institucional,

configurando una situación incompatible

con los fines del servicio público sanitario.

La empresa Seguridad Privada ASPE de la

Sucesión de Antonio Collado Mirales,

bajo contrato con inminente vencimiento,

posee experiencia comprobada y

know-how específico en la prestación de

servicios de vigilancia en establecimientos

sanitarios, particularmente en ámbitos de

alta sensibilidad como hospitales

pediátricos, lo cual implica conocimiento

del funcionamiento interno del nosocomio

y de los circuitos críticos;

Que en COPDI-2026 -[DNI]

-GDESDE-CEPSI 
se acompaña

presupuesto de Sucesión de Collado

Miralles Manuel Antonio (ASPE);

Que en DOCFI-2026-[DNI] -GDESDE

-CEPSI se acompaña Parte de Imputación

Presupuestaria (Afectación). 

Que en documento PLIEG-2026

-[DNI]-GDESDE-CEPSI se acompaña

Pliego de Condiciones Mínimas y en

documento PLIEG-2026 -[DNI]

-GDESDE-CEPSI obra Pliego de

Condiciones Particulares y Anexo 1;

Que en COPDI-2026 -[DNI]

-GDESDE-CEPSI se acredita remisión de

Pliegos al Proponente y en COPDI-2026

-[DNI]-GDESDE-CEPSI la firma

acompaña documentación solicitada por

los Pliegos;

Que 
en 
ACTA-2026-[DNI]

-GDESDE-CEPSI obra Dictamen de

Preadjudicaciòn firmado por el encargado

del Departamento 
Compras 
y

Suministros, en la que se aconseja

contratar de forma directa con la firma

SUCESION DE COLLADO MIRALLES

MANUEL ANTONIO, de acuerdo al

Anexo que obra en IF-2026-[DNI]

-GDESDE-CEPSI, por un monto de

$130.464.000,00;

Que el Departamento de Asesoría Jurídica

del 
CePSI 
(IF-2026-[DNI]

-GDESDE-CEPSI) dictamina que se

encuentra justificada la modalidad de

contratación por vía de excepción, ya que

se trata de un servicio cuya conveniencia

y urgencia en que la realice la misma

empresa que desde hace años la

desempeña, se encuentra acreditada. Por

otro lado, considera esta asesoría, que

corresponde la realización de una

Contratación Directa Vía de Excepción

mediante Adjudicación Simple,

modalidad prevista en el articulo 70 inc. b

del Reglamento de la Ley Nº 7253;

Q u e 
m e d i a n t e 
d o c u m e n t o

NO-2026-[DNI]-GDESDE-CEPSI

toma intervencion Sindicatura del CePSI

elevando la presente para el dictado del

acto administrativo correspondiente,

propiciando la aprobación de la gestión

por parte del Poder Ejecutivo Provincial,

conforme a la modalidad de contratación

directa por vía de excepción mediante

adjudicación simple y a la normativa

aplicable;

Que mediante RETCC-2026-226

-E-GDESDE-TDEC toma intervención el

Honorable Tribunal de Cuentas de la

Provincia, declarando la inexistencia de

observaciones en esta instancia en el

expedien t e 
EX -2026-[DNI]

-GDESDE-CEPSI, sin perjuicio de

posteriores controles que fueren

ordenados en virtud de la normativa

vigente expidiéndose en el mismo sentido,

Fiscalía de Estado de la Provincia en

documento 
IF -2026-[DNI]-

GDESDE-FDE.-

Por ello:

EL SEÑOR GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- APRUEBASE la

contratacion directa vía de excepción,

adjudicación simple, del servicio de

vigilancia privada, por tres (3) meses

desde el dia veinticinco de enero del 2026

y/o hasta la adjudicación del servicio por

Licitación Pública, a la firma "A.S.P.E."

Servicio de Vigilancia de Sucesión Manuel

Antonio Collado Miralles, por el monto

total de $130.464.000,00 (pesos ciento

treinta millones cuatrocientos sesenta y

cuatro mil).-

ARTICULO 2º- El gasto que demande el

cumplimiento de la presente medida será

atendido con los fondos provenientes de la

Jurisdicción 58- Programa 11 - Sub.00-

Proy.00- Act.01- Part.399 -Otros Servicios

Varios.-

ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese,

dese al Boletín Oficial y pase al Centro

Provincial de Salud Infantil CePSI "Eva

Perón", a sus efectos.-

Sr. Elías Miguel Suárez

Dr. Víctor Rodolfo Araujo

Lic. Natividad  Nassif

Los números de documento se ocultan. Extracción automática: ante cualquier duda, el documento oficial manda. PDF del boletín.